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5 cosas que debes saber sobre un contrato de arrendamiento

Una vivienda es una de las posesiones materiales más valiosas, sino es que la más valiosa entre todas: tanto por la calidad de la inversión como por el hecho de ser un refugio con el que siempre puedes contar sobre todo si tienes más de un inmueble. En cualquier caso, sea tu residencia principal o una que destines al alquiler, ambas son resguardo y seguridad personal y  económica pues nos ofrece estabilidad como patrimonio, ya que es un bien heredable.

Si quieres alquilar tu propiedad o estás en busca de una vivienda para alquilar, CityMax El Salvador te comparte los aspectos más importantes al momento de llevar a cabo este proceso del que debes informarte: el contrato de arrendamiento.

El alquiler de casas en El Salvador y apartamentos, en los últimos años ha tenido un alza. Por las nuevas características de la sociedad y el estilo de vida que ha derivado de esto, hoy en día el alquiler de un apartamento (en su mayoría, en comparación al alquiler de casas) es lo más común. En grandes ciudades, los jóvenes y empresarios encuentran más cómodo esta modalidad de vivienda, ya sea por su flexibilidad o por la pérdida de “estabilidad” de las nuevas generaciones. Aun así, es acertado decir que la venta de propiedades en El Salvador se mantiene como uno de los mejores modos de inversión

La redacción de un contrato es obligatoria (aunque muchos opten por prescindir de él, haciendo un trato de índole personal, pero por estadísticas muchos de estos casos terminan en disputa) y es que en este documento se reflejan las condiciones principales además de constatar los datos personales de las partes que lo componen y una descripción de la vivienda que, dependiendo del país puede variar.

El contrato está tanto para una transferencia formal de la vivienda como para evitar futuros problemas derivados del uso de la misma entre propietario y arrendado. La mejor manera de hacerlo es mediante la asistencia jurídica que nos garantizará un proceso más limpio legalmente para evitar problemas mayores.

La Ley de Inquilinato de la República de El Salvador hace una diferencia de dos tipos de inmuebles a alquilar: el arriendo de viviendas y locales y el arriendo de mesones los cuales son “las casas destinadas a alquileres por piezas separadas, con servicios comunes”. Para ambas establecen más o menos algunas diferencias pero en relación a una declaración que se deben presentar con una serie de datos que establece la ley.

¿Estas en una casa en alquiler en El Salvador?

A continuación, te compartiremos algunas características relacionadas al contrato de arrendamiento que debes saber:

  1. Derechos de los inquilinos:

A favor de los arrendados, la ley en su artículo dos (2) dice expresamente que “Los derechos concedidos al inquilino por esta ley son irrenunciables; en consecuencia, no tendrá valor alguno cualquier cláusula que se consigne con objeto de eludir expresa o subrepticiamente sus disposiciones y efectos”.

En algunos casos, los dueños del inmueble quieren tener todas las de ganar al ser ellos los propietarios y colocar más deberes a los inquilinos de los que corresponden. Sin embargo, aunque se entiende su necesidad de resguardarse ante cualquier problema y de proteger su inmueble, los derechos del inquilino deben ser reconocidos y respetados. Y el inquilino debe ser consciente de esto, por lo que está en su obligación leer la ley correspondiente o acudir a la ayuda de un abogado en dicha situación.

  1. No se puede prescindir del contrato

 Poco después, en el artículo cinco (5) encontramos una cláusula articulada de la siguiente forma:

«Art. 5.- La falta de contrato escrito en el caso del artículo anterior será imputable al arrendador, quien incurrirá por esa falta en una multa equivalente al 50% del canon mensual de arrendamiento contratado y si no fuese posible establecer el monto de dicho canon, la multa será de 10 a 50 colones”.

Como dijimos al principio, en muchos casos algunos propietarios nuevos en el negocio suelen querer prescindir del contrato, a veces también porque la otra parte es un amigo, familiar o persona de confianza, etc., sin embargo, puede suceder que lo requieran de esta forma para más tarde aprovecharse de la situación. En cualquier caso, sea con buena o mala intención, lo mejor es que no llegues a ningún acuerdo si este no está escrito en un contrato como lo exige la ley. Si llegare a suceder algún problema ya sabe que puede acudir a las autoridades resguardado por la ley.

  1. ¿Puedes subarrendar como arrendado?

Es una de las cosas en las que difieren la ley y los contratos en la actualidad. En muchos países y en muchos ejemplos de contratos una de las cláusulas que comparten es la prohibición para el arrendado de subarrendar a su vez. Sin embargo, la ley dice en su artículo catorce (14) que:

“Cuando una persona dé en arrendamiento una propiedad se presume de derecho que concede la autorización para subarrendar, y las causales de orden personal que puedan dar por terminado el contrato principal de arriendo entre arrendador y arrendatario, no afectarán las condiciones de los subarrendatarios”.

Lo que sí estipula la ley más adelante es que en el caso que el arrendado cobre por el encima de lo que él mismo está pagando le da derecho al propietario para subir el precio del alquiler. De igual manera, para evitar malos entendidos lo mejor es llegar a un acuerdo con el propietario por medio de un abogado que lea e interprete la ley en presencia de ambos.

  1. Causas de expiración de contrato

Existen varias causas por las que se puede dar por terminado un contrato. Una de ellas, que muchos no suelen creer o pasan por alto, es la de almacenar sustancias inflamables o explosivas; incluso algunos propietarios mencionan sustancias con salitre y cualquier otra que puedan causar daños significativos a la vivienda.

  1. Necesidad de la vivienda por el arrendador

 Por último, la ley resguarda los intereses del propietario siendo que si pasado un año este necesitara la vivienda por sí, para miembros de primer grado de consanguinidad o para su cónyuge, está en pleno derecho de dar por terminado el contrato y, por supuesto, avisar con mínimo 2 meses de anticipación para pedir el inmueble al arrendado.

Estas son las principales curiosidades que nos interesa compartir contigo. Si estás interesado en comprar o alquilar, te recomendamos buscar en nuestros anuncios en donde te ofrecemos: local en venta o alquiler, edificio en venta o alquiler, locales en escalón, hermosas casas en venta en San Salvador


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andreinacarrero82

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